viernes, 19 de noviembre de 2010

LA DISCUSIÓN PERMANENTE POR DESCUENTOS

Hace ya bastante tiempo, que vengo escuchando -y fundamentalmente del sector docente- el reclamo sostenido de la devolución de los días de paro. Tratemos de poner en claro las cosas, el paro es un derecho constitucional que tiene cualquier trabajador, pero eso no significa que no haya que descontarle el día por parte de la patronal. La norma legal es muy clara en ese sentido, día no trabajado, día no pagado. He escuchado a muchos dirigentes gremiales decir que no se debe descontar los días de paros porque no son declarados ilegales, cosa que no es correcta. Cuando un paro es declarado ilegal por parte del Ministerio de Trabajo de la Nación, son dos los hechos que se producen, el descuento del día y la facultad que tiene la patronal de sancionar al personal que se encuentre efectuando la medida de fuerza. Por otra parte, cabe clarificar que cuando se decide medidas de fuerza por parte de una entidad gremial y esta incluye los días jueves y viernes, el descuento de días corresponde a los días jueves, viernes, sábado y domingo. Quiero dejar en claro, que lo que expreso en este espacio, es al solo efecto de clarificar situaciones que en oportunidades se ponen complejas por desconocimiento de normas que rigen la materia tratada. Un Abrazo A sus Ordenes Orlando gomz

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